1. Los edificios sujetos al deber de presentar la ITE se determina con
el siguiente orden, en relación a su inscripción en el Registro de
Edificaciones:
- Catalogados en el ámbito del Plan Especial de Protección y Reforma Interior de la Ciudad Vieja y Pescadería.
- Catalogados en el Plan General.
- Edificios con antigüedad superior a cuarenta años en el ámbito de las Áreas de Rehabilitación Declaradas
- Edificios con antigüedad superior a cuarenta años en el resto del municipio
- Restantes a medida que se cataloguen o cumplan cuarenta años
- El Ayuntamiento podrá exigir, a los propietarios de los edificios
no obligados por el párrafo anterior, la realización de la ITE cuando
las circunstancias del mismo así lo hagan necesario.
2. Incoación del expediente de ITE, comunicándoselo a la propiedad que
consta en Catastro. Se concede el plazo de un año para la presentación
de la documentación necesaria.
3. Transcurrido el plazo de un año sin que se haya presentado la
documentación o alegado en relación a lo solicitado, se comunica
apercibimiento con nuevo plazo de tres meses improrrogables.
4. El expediente ITE se suspende si durante la tramitación del mismo se
notifica a la Sección de Conservación de la Edificación solicitud de
licencia de obra. Realizadas las obras objeto de la licencia, debe
presentarse Acta de ITE.
5. Presentada en cualquier registro municipal la documentación de ITE
necesaria, se comprueba la corrección formal de la misma y se procede a:
- ITE FAVORABLE.
- Archivo del expediente.
- Nueva ITE en 10 años.
- ITE DESFAVORABLE.
- Incoación del correspondiente expediente de DEFICIENCIAS.
6. En caso de incumplimiento en la presentación se incoará expediente
sancionador y expediente de ejecución subsidiaria por parte del
ayuntamiento.
Observaciones
La documentación puede presentarse además de en el Área de
Urbanismo en cualquier otro registro municipal, así como en todos
aquellos que establece el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
ITE ayuntamiento de A Coruña
Ordenanza conservación y rehabilitación de inmuebles Portal de consulta del Registro ITE por el ciudadano
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